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Decisiones del dia 10/10/2008

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : FP01-R-2008-000289 N° Sentencia : FG012008000641 Fecha: 10/10/2008
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):  ver
Procedimiento:
Con Lugar Apelación
Partes:
ABOG. CARLOS SA DE SANCHEZ (FISCAL ) VRS/ ROSA MARIA ABOUD (DEFENSA PUBLICA)
Resumen:
Por consiguiente, percibida como se anunciare la subversión de las garantías Constitucionales del Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva, y con fundamento en todo lo expuesto y en el principio in dubio pro accione, esta Corte de Apelaciones del Estado Bolívar, declara la Nulidad del acto fechado el 18-06-2007, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias Penales con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz; ello se resuelve de conformidad con los artículos 26 y 272 de nuestra Ley Fundamental, y 191, 195 y 494 todos del Código Orgánico Procesal Penal; como corolario se ordena retrotraer la causa al estado de la violación de la garantía constitucional, estableciéndose que el referido Tribunal realice lo conducente en relación a la situación jurídica del penado ut supra. Y así se decide.- D I S P O S I T I V A Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando jus.....
Juez/Ponente:
Alexander Jimenez
Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente : FP01-R-2008-000310 N° Sentencia : FG012008000640 Fecha: 10/10/2008
Procedimiento:
Inadmisible Por Extemporánea
Partes:
ABOG. WILIANS OJEDA (FISCAL DELM.P.) VRS/ ABOG. NORBERTO BATISTA (DEFENSA PRIVADA)
Resumen:
En atención a lo esgrimido en el acápite superior, se evidencia que el recurrente ejerció la citada acción de impugnación fuera del término previsto para la interposición de la misma en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; esto es cinco (05) días contados a partir de la fecha de la notificación de la decisión objeto de apelación. Ello se desprende del análisis a la Certificación de Audiencia, que consta en el referido expediente, donde queda demostrado que el hoy recurrente, incoa el Recurso de Apelación cuando ya habían transcurrido seis (06) días hábiles, seguidos a la publicación de la decisión impugnada que es de data 16 de Septiembre del año en curso, y a la cual objeta en tal acción de impugnación. Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Apelación de auto interpuesto NORB.....
Juez/Ponente:
Alexander Jimenez
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

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