Por todas las consideraciones anteriores, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR los Recurso de Apelación interpuesto por las Abogadas LISBETH SUEGART SIVERIO y OLIMPIA RUIZ DE CASTRO, Defensoras Publicas Penales Segunda y Sexta, respectivamente, adscritas a la Defensa Publica del Estado Bolívar, actuando en nuestra condición de Defensoras Asistentes de los ciudadanos DAVID ROBERTO CAMINERO ZAMBRANO y JOSE GREGORIO MOSQUERA SALAZAR, tal acción de impugnación ejercida en contra de la decisión proferida por el Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, fechada el 20/06/2006. En consecuencia se anula la Sentencia objeto de impugnación y se ordena la celebración de una Nuevo Juicio Oral ante un Juez distinto que dictara la decisión otrora antes descrita, de conformidad con .....