Se declara Sin Lugar la Apelación incoada por el ciudadano Abogado SEBASTIAN BETANCOURT, en su carácter de Defensor Público Tercero en materia de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta Ciudad, procediendo en asistencia de la ciudadana adolescente imputada CARMEN CECILIA BRAVO, en el proceso judicial seguídole por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso Juan Carlos Henríquez; tal acción de impugnación ejercida contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, fechada el 09/02/2.008, mediante el cual el a quo, acordó la Medida de Detención Preventiva de Libertad, en contra de la imputada supra mencionada. En consecuencia, queda Confirmada la decisión recurrida otrora descrita.-