Se declara Sin Lugar la apelación interpuesta por el Abogado HENRY SOLÓRZANO, procediendo con el carácter de Defensor Privado, asistiendo al ciudadano imputado NOEL BENJAMÍN PADILLA GUZMÁN, en el proceso judicial seguídole; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada por el Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ext. Terr. Pto. Ordaz, en fecha 09-03-2008 en ocasión al acto de Audiencia de Presentación de Imputado, el cual fuese fundamentado por auto de data 12-03-2008; y mediante la cual decretó la procedencia de una Medida Preventiva Judicial Privativa de Libertad en contra de los procesados de marras, atribuyéndoles la presunta comisión de los ilícitos de Homicidio Calificado a Título de Cómplice Necesario (ilícito sindicado a Noel Padilla); Autor en el delito de Homicidio Calificado en la Ejecución de un Robo y Porte Ilícito de Arma de Fuego (delito atribuido a José Cadamo); en consecuencia, se CONFIRMA el mentado f.....