Se declara De Oficio la nulidad de la decisión dictada por el Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 26-07-2007, mediante la cual condena al encausado EDDY JAVIER BELISARIO a cumplir Quince (15) Años de Prisión por la comisión del ilícito de Homicidio Calificado con Alevosía y Uso Indebido de Arma de Fuego. En consecuencia, queda Anulada conforme a los artículos 26, 49 y 257 de nuestra Ley Fundamental; 173, 191, 195 y 364.4 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia recurrida otrora descrita, por consiguiente se ordena retrotraer la presente causa al estado de que se celebre un nuevo Juicio Oral y Público, ante un Juzgado en Función de Juicio de este Circuito Judicial, Ext. Terr. Pto. Ordaz, distinto al que profiriere la sentencia anulada; con estricta observancia de las garantías y derechos propios de las partes intervinientes, a objeto de garantizar una tutela judicial efectiva y el deb.....