D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: SE ANULA DE OFICIO las decisiones que son de data 11-03-08 y 12-03-08, dictadas por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, en la cual se decretaron Sin Lugar las peticiones realizadas por los Defensores Privados por parte separadas, Luis José Aray y Dios Gracia Vera, procediendo en representación en la presente causa seguida en contra de los imputados OMAR ANIS EL SOUKI HAIDAR y ANIS KLALIL EL SOUKI, titulares de las cedulas de identidad números 12.336.685 y 5.144.937, por su presunta incursión en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 4.....