Se declara Sin Lugar la Apelación incoada por la Abogada María Angélica Lezama, Defensa Pública Penal N° 4 adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ex. Terr. Pto. Ordaz, procediendo en asistencia del ciudadano acusado Edilson Ribeiro en el proceso judicial seguídole por su presunta incursión en la comisión del ilícito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión que profiriera el Tribunal Sexto Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ext. Terr. Pto. Ordaz, dictada en data 31-07-2007 y publicada in extenso en fecha 02-10-2007, mediante la cual el A Quo, condena a cumplir Nueve (09) Años de Prisión al encausado en mención. En consecuencia queda Confirmada la decisión recurrida otrora descrita.-