Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CESAR ENRIQUE GALINDO GUACHE debidamente asistido por el abogado Edson Alejandro Rojas Rivas, contra la sentencia de fecha 16/12/2025, dictada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.
SEGUNDO: LA CONFESIÓN FICTA en virtud del cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato verbal interpuesta por el ciudadano CESAR ENRIQUE GALINDO GUACHE contra el ciudadano PEDRO VICENTE SILVA SERRANO identificados en autos. Por ende,.....