CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y MARÍTIMO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 264, 263 y 265, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal declara:
Primero: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado WILMAN ANTONIO MENESES DEVERAS abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº42.232, el juicio por LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, que tiene incoado la ciudadana NEYSI DE JESUS BETANCOURT QUIARAGUA, en contra del ciudadano ALEJANDRO ALFONSO GARCIA ROJAS, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgad.....