Mediante resolucion Nº PJ0252026000104, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por la ciudadana: BELKIS MARGARITA ARRIECHE DE RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.243.888, debidamente asistido en este acto por el Ciudadano EMIL CARRILLO ORTIZ, abogado en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.721 y de este domicilio, Así se Decide.-
Publíquese y Regístrese.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los siete (07) día del mes de Mayo del año dos mil veintiseis (2026). Años: 216º de la Independencia y 167º de la Federación.-
El Juez, .....