Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la Abg. Alides Ismara Castro Bastardo, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana EVELY DEL CARMEN BERMÚDEZ MOTA en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL interpusiera en su contra el ciudadano JOSÉ RAFAEL MARSIGLIA VILLEGAS, todos supra identificados en autos.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la oposición formulada por la parte demandada, en consecuencia, ADMISIBLES las documentales ofrecidas por la parte actora con el libelo de la demanda inicial y ratificadas en el lapso probatorio, por no ser ilegales, ni manifiestamente impertinentes salvo su apreciación en la definitiva, las documentales ofrecidas en los.....