Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por los ciudadanos FÉLIX ACEBEY SOTO y SARA JOSEFINA DÍAZ DE ACEBEY, por no haber demostrado el cumplimiento oportuno e íntegro de las obligaciones de pago asumidas en los contratos de opción de compraventa, configurándose la mora del comprador conforme a los artículos 1.264, 1.265 y 1.271 del Código Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la defensa opuesta por la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES WMRM, S.R.L., al haberse verificado de manera plena y suficiente la validez y exigibilidad de la cláusula escalatoria pactada contractualmente, la procedencia de la cláusula penal derivada del incumplimiento del comprador, la .....