CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado
Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo
dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 256 y 263 del Código de
Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 253, de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela,
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los términos acordados
por la parte actora, vale indiciar, ciudadano Ángelo Rafael Velásquez de Salvo, a
través de su apoderado judicial, el abogado Orlando Borges, y se procede como
en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Dada la Naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte actora conforme al artículo
251 del Código de Procedimiento Ci.....