Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL FALLECIDO ALVARO JESUS ROJAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-13.577.095, a las ciudadanas ELENA ARAQUE DE ROJAS y ALBANY VALENTINA DEL CARMEN ROJAS ARAQUE, de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.361.320 y V-34.786.189, respectivamente, en su condición de Esposa y Descendiente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL FALLECIDO ALVARO JESUS ROJAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-13.577.095. Quedando en todo ca.....