CAPÍTULO IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de resolución de contrato verbal e indemnización de daños y perjuicios interpuesta por el ciudadano JESÚS GILBERTO CERMEÑO RODRÍGUEZ, asistido por la abogada ADRIANA JOSEFINA VILLARROEL ORTIZ, contra el ciudadano LEONAR ENRIQUE LÓPEZ LARA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer la pretensión conforme al único valor determinado en el libelo, de acuerdo con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 1 y 2 de la Resolución N.° 2023-0001 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
TERCERO: Se deja a salvo el derech.....