CAPÍTULO IV
DISPOSITIVA
En el mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado Segundo De
Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Tránsito, del Segundo Circuito
De la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 253 y 257 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento de apelación,
contenido en el escrito de fecha 18/09/2026, suscrita por la abogada Ana Patricia
de Barros Figueira, supra identificada, actuando en su condición de apoderada
judicial de la parte demandada, de conformidad con los artículos 264 y 265 del
Código de Procedimiento Civil, dando lugar a la extinción del proceso.
Publíquese, Regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal
Supremo de Justicia Regiones: bolivar.tsj.gob.ve y dé.....