...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara de conformidad a lo establecido en el artículo 14, 206 y 344 del Código de Procedimiento Civil la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el abogado JORGE LUIS DAVALILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.425, en su condición de defensor judicial de los sucesores desconocidos de los causantes Edgar José Lee Báez y Gladys del Carmen Lee de Rojas, proceda a dar contestación a la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA; asimismo, declara incólumes todas las actuaciones realizadas por los abogados Juan Alberto Marfisi y José Alberto Sánchez...