Mediante resolucion Nº PJ0252026000117, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrito por el ciudadano: CARLO DANIEL AMUCHATEGUI RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.289.788, debidamente asistido por el abogado MIGUEL SILVA inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 113.745, de este domicilio, en contra del ciudadano JOSE MANUEL RUIZ PASARELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.595.738, apoderado de la ciudadana ANA LISOLETH BELLO LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-27.840.512, mediante poder debidamente otorgado por ante la oficina del Registro público del municipio José Félix Ribas del estado Guárico, de fecha 11 de Noviembre del 2025, quedando in.....