Observando el expediente, en el presente procedimiento en fecha 20 de julio de 2012, fue librado exhorto de citación, comisionando al efecto al Juzgado del Municipio Caroni del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, acudiendo la parte actora en fecha 31 de octubre de 2013, solicitando mediante diligencia la devolución de dicho exhorto por cuanto la parte demandada cancelo la deuda y que en su momento desistirá en la presente causa, recibiéndose dicho en el estado en que se encuentra, procedente del Tribunal comisionado, sin que hasta la presente fecha 01 de febrero de 2016, se haya impulsado, a fin de ser del desistimiento en cuestión, para continuar con el procedimiento, no habiéndose realizado ningún acto capaz de interrumpir la perención, ni de impulsar la continuidad del proceso poniendo fin a la paralización en que ha estado, por lo que habiendo transcurrido más de un (01) año y con creces, sin que la parte actora haya dado el debido impulso proces.....