En mérito de todos las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por la ciudadana: Jeanette Marilyn Pino Robles venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-12.400.131, y el ciudadano: Fernain Barajas Grisales, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.185.452 y de este domicilio, y en consecuencia de ello, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Fernain Barajas Grisales y Jeannette Marilyn Pino Robles, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Paz Castillo, estado Miranda, el día Veintiuno (21) de Junio de 1988, cuya Acta se encuentra inserta bajo el Nº 90, Folio 90 y su vto de los lib.....