PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la Sociedad Mercantil TODO CONCRETO, S.A., contra la Providencia Administrativa distinguida con la nomenclatura número SS-2012-0004, de fecha 09 de Enero de 2012, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ANULA la Providencia Administrativa número SS-2012-0004, de fecha 09 de Enero de 2012, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ.
TERCERO: Se ordena notificar mediante oficio y remitir copia certificada de la presente decisión, a la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, a los fines de que se de cumplimiento al contenido de la misma.
CUARTO: En virtud de la declaratoria anterior, este Tribunal considera inoficioso pronunciarse sobre lo demás alegatos expuestos. Así se declara.-
De conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Pro.....