Así mismo, el Tribunal considera necesario oficiar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de que se sirva elaborar un computo por Secretaría de los días de Despacho transcurridos en ese Juzgado desde el 04 /12 / 2014, (exclusive), fecha en la cual fue admitida la presente demanda, hasta el día 08 / 03 / 2016, fecha en la cual la Juez recusada efectúo el Informe de la recusación propuesta en el presente expediente (inclusive)