Este Juzgado de de Primera Instancia , en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de MANUEL URANGO CABRERA, colombiano, indocumentado, domiciliado en guayabones, Vía Cuatro Esquinas, del Estado Mérida en perjuicio de IDEL BARRERA CABRERA, IDEL BARRERA TORO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 3.972.819, residenciada la Hacienda el Roble, ubicada en el Guayabones, carretera hacia el crucero, Mérida,con fundamento legal en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos , 173, 318 ordinal 3º, 320 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal y Ordinal 4 y 6 del artículo 455 del Código Penal Venezolano. Notifíquese de la presente decisión a las partes y en caso de no ser localizados en la dirección indicada .....