este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente en contra de la decisión dictada en fecha 02 de Marzo de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2012-000014. SEGUNDO: SE REVOCA el fallo recurrido, en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión de conformidad con el principio de unidad del fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas la naturaleza del fallo.