D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, incoado por el ABG. TRINO MOISÉS ODREMAN, Defensor Privado del ciudadano OSWALDO JOSÉ HERNÁNDEZ ODREMAN, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Penal del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en fecha 26 de Abril de 2012, mediante la cual el Juez A Quo Declara Sin Lugar el Anuncio de Tacha de Documento presentado por el acusado de autos, ciudadano OSWALDO JOSÉ HERNÁNDEZ ODREMAN. En consecuencia, se confirma el fallo objetado antes descrito.