En consecuencia, con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO y, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de Cujus: CESAR ANTONIO RODRIGUEZ FUENTES, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.504.418, quien el día 30/11/2021 falleció a consecuencia de: INSUFICIENCIA RESPIRATORIA BAJA, NEUMONIA A FOCOS MULTIPLES, INFUCIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, según Certificado de Defunción Nº 4141354 suscrito por la DRA. RODRIGUEZ ELENA, a los ciudadanos: YULIXSA DEL VALLE RODRIGUEZ GARCIA, SANTIAGA GARCIA DE RODRIGUE.....