Este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano Alfredo Hernández Holmquist contra el ciudadano Jomnel José Romero. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado al primer día del mes de octubre del año dos mil doce. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.