DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en la referida Transacción celebrada entre la Operadora de Hoteles FDC, C.A., Sociedad Mercantil, representada por su presidente Fernando Enrique Cepeda Casas, parte demandada, debidamente asistido por la abogada Luz Adriana Sánchez, por una parte y por la otra Inversiones Recreativas Gran Hotel Churum Meru, C.A., representada por su presidente Fernando Zimei Carusi, debidamente asistido por el abogado Julio Tomas Romero, parte demandante, este Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a Homologar la referida Transacción como en efecto lo hace, como sentencia pasad.....