este Juzgado dicto medida de protección a los cultivos, entre otros puntos previos acordó cumplir con el ciclo de zafra 2008-2009, de los diferentes rubros agrícolas existente sobre la extensión productiva de terreno denominado "Hacienda Canagua", ubicada en las cercanías de la población de Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, la misma medida se encuentra cursante en los folios del expediente Nº A-0198, nomenclatura particular de este Juzgado, siendo que el requisito indispensable para que dicha medida llegue a feliz termino se requiere obligatoriamente del mantenimiento de dichos cultivos, por lo que este Juzgado considera oportuno declarar SIN LUGAR, la solicitud de medida de providencia cautelar innominada de SUSPENSION PROVISIONAL DE EJECUCION DE OBRAS; ya que de proceder de otra manera estaría decretando una medida incongruente a la medida ya dictada. Y así decide.