Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el solicitante Ciudadana ANNIA MARYOSCAR CONSUELO HERNANDEZ MOROS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 18546965, en su condición de madre de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 25/2/2009, en virtud de que la solicitante contraerá matrimonio próximamente, y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, se designa CURADOR AD HOC de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 25/2/2009, a la ciudadana DAYANA RENEE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 22852865.