Por fuerza de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE PARTICION DE COMUNIDAD HEREDITARIA, en la forma y términos señalados en el escrito de partición amistosa presentado por los ciudadanos: ANA DEL CARMEN AFANADOR DUERTO, AUDIS ELIAS AFANADOR DUERTO, ELIZABETH DE LOS REYES AFANADOR DUERTO, GRISELDA LUCILA AFANADOR DUERTO (fallecida y por derecho de representación como herederos los ciudadanos: DARWIN MANUEL LUGO BOLIVAR, WARNING ELIAS LUGO AFANADOR y GRISWIN EMMANUEL LUGO AFANADOR) y FRANKLIN ELIAS AFANADOR DUERTO (fallecido y por derecho de representación los ciudadanos: DURLIS CRISTINA AFANADOR BELLORIN, DARWIN RAFAEL FANADOR BELLORIN y DURBYS ELIANA AFANADOR BELLORIN). ASI DECIDE.