Se declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrrativo de Nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil C E. MINERALES DE VENEZUELA, S. A contra la Providencia Administrativa Nro. 2014-00011 emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en fecha 04/04/2014, mediante la cual se ordenó el reinicio de las labores en C. E MINERALES y el pago de los salarios y demás beneficios de los conceptos legales y contractuales dejados de percibir por todos los trabajadores de la Entidad de Trabajo, hasta el efectivo restablecimiento de las actividades laborales.