éste TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el acuerdo alcanzado por las partes INVERSIONES Y TRANSPORTE CRISTANCHO, C.A, y el ciudadano CARLOS ALBERTO WILLIANS, a través de su apoderado PEDRO MANUEL OVIEDO SCHTBORGH, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 5.013; por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES CON 00/00 CENTIMOS (Bs. 47.000,00) por pago de los conceptos derivados de la relación de trabajo; en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso. Publíquese, regístrese y désele copia de esta decisión en el compilador respectivo.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los dos (02) días del mes de Mar.....