De acuerdo al análisis efectuado, este Juzgado Primero de Primera Instancia
en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos RAQUEL MERCEDES PIÑA SOSA y PEDRO ANTONIO YANEZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nos: V-11.276.066 y V-7.556.599 respectivamente y en consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante la Prefectura Civil del Distrito San Felipe, hoy Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 223 del año 1987.