Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA de nulidad de cesión o traspaso de lote terreno interpuesta por la c Comunidad Civil Organizada de Vivienda Educadores Unidos (C.C.O.V. EDUCADORES UNIDOS contra la empresa CONSTRUCCIONES 207BA 315, C.A. y la Asociación Civil LA ARAQUERA, al estado de designarle a ésta última un defensor judicial con quien entenderse la citación y demás actos procesales, quien deberá cumplir con todas las obligaciones impuestas por la ley y realizar las gestiones necesarias para contactar a su representante legal, dejando constancia de la fecha, hora y lugar de tales gestiones, así como de la persona con quien se entreviste o la falta de ella, si tal fuere el caso; contestar adecuadamente la demanda, promover pruebas ¿si las tuviese-, y en fin emplear todos los recursos o .....