DECISION
Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA Sin perjuicio de terceros, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS De la De Cujus AURA DEL CARMEN RAMOS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.945.165, domiciliado en la Ciudad de Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, fallecida en esta misma Ciudad, en fecha Diez (10) de Febrero de 2024, a sus Hijos: CARMEN KATIUSKA RAMOS, FERNANDO ELIAS RAMOS, YAJAIRA JOSEFINA RAMOS DE HERNANDEZ, SIMON RAFAEL RAMOS Y FREDDY ANTONIO RAMOS, ya identi.....