Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el ciudadano MARIO HONORE en contra de la empresa O & M, INGENIERÍA, C.A, ambas partes debidamente identificadas en autos, y en consecuencia se ordena el pago de la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES (Bsf. 6.366,58), discriminados de acuerdo como fue establecido en la motiva de la presente decisión de conformidad al principio de la unidad del fallo. Y así se decide.
SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en caso de que el demandado no cumpliere voluntariamente con la sentencia, procederá el pago de intereses de mora sobre las cantidades co.....