En conclusión, se ordena oficio especial a la parte demandada a efectos de actualizarla sobre la fase de ejecución de sentencia conforme a las prerrogativas acordadas para los entes oficiales. Así se declara. Se ordena, una vez recibida dicha notificación, certificar las notificaciones respectivas y suspender la causa por el lapso legal que corresponde conforme a las prerrogativas otorgadas, y proseguir con la fase de ejecución de sentencia. Así se declara.