DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar , DECLARA INADMISIBLE la solicitud DIVORCIO POR DESAFECTO incoada por la ciudadana YORKY RAMONA REYES GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad NºV-14.409.206, debidamente asistida por el abogado en libre ejercicio AMAURIS AULAR CABEZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº96.727, en contra del ciudadano EDUARDO CELESTINO GUTIERREZ BELMONTE; en virtud, de no haberse consignado copia certificada del acta de matrimonio, todo de conformidad con lo establecido en artículo 341 ambos del Código de Procedimiento Civil y ASI SE DECIDE .-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias del Municipio Heres del Primer Circuito de l.....