Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Física Agravada. Se acordó medida de protección y Seguridadde conformidad con lo establecido en el articulo 87 num 3,5,6 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 3º al ciudadano Jaime Luis, consistente en presentaciones cada 45 días por ante la Oficina de Alguacilazgo. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión en fecha 29-06-2009.