V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HECTOR FERMAN, titular de la cédula de identidad Nº 10.927.059 en su carácter de secretario de trabajo y reclamos de SUTRAVENPRECAR, debidamente asistido por los abogados en ejercicio ALEJANDRO PAIVA y MIGEL MENA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº. 1113.089 y 113.059 respectivamente, en contra de la decisión de fecha 14 de Marzo de 2013, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Dada la declaratoria que antecede, se CONFIRMA en toda y cada unas de sus partes la sentencia recurrida.
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