PRIMERO: CON LUGAR EL INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACIÒN, interpuesto por el ciudadano JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.854.130, asistido por el Abogado LEONARDO HERNÁNDEZ GARAY, Inpreabogado N° 36.662, contra los ciudadanos COROMOTO HERNÁNDEZ CAMACHO, RONNY EMERSON RIVERO HERNÁNDEZ, y ALFONSO RIVERO HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.907.488, V- 18.881.862 y V- 17.157.691 respectivamente.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte querellada por resultar totalmente vencida.
TERCERO: SE DEJA CONSTANCIA, que la presente sentencia fue dictada dentro del lapso legal establecido en el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yar.....