Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por la abogada MARIA EUGENIA SALAZAR, en su condición de Jueza Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, formulada en el asunto Nº FN05-X-2022-000001 (9453), contentivo del juicio por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por el ciudadano MARCOS ANDRES OROPEZA RUIZ, contra la ciudadana ARELIS JOSAFINA OROPEZA CORREA, de conformidad con los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 12, 15, 88 y 247 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota y déjese copia de la presente decisión.