esta Corte de Apelaciones, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo preceptuado con el artículo 86 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA CON LUGAR la recusación planteada por la Abg. NADEXA CAMACARO, en su carácter de Fiscal Décima (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con competencia en Drogas, Salvaguarda, Seguros, Bancos y Mercados de Capitales, en contra del Abogado FERNANDO SALCEDO, Juez Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en el asunto N° UP01-P-2008-000273. A fin de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 88 de la Norma Adjetiva Penal se ordena remitir copia certificada del presente fallo a la Inspectoría General de Tribunales a los fines legales consiguientes. Notifíquese al recusante, al recusado y remítase copia certificada de la presente decisión al tribunal que ac.....