Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana RUMUALDA GEREMIAS MARTINEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.884.377, domiciliada en el sector Tacariguita, sector I, casa principal, casa s/n, Municipio Peña del estado Yaracuy, para que en representación de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de siete (07) años de edad, quien se encuentra asistida por la abogada YASNELA MARTINEZ, Defensora Pública Primera a.....