Ahora bien, previa revisión de las actas que conforman el presente expediente se constató que los ciudadanos WENDYS MAIBETH GARCIA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.402.981 asistida por el profesional del derecho JOSE LUIS DUEÑAS inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 99.331 y el profesional del derecho MIGUEL BARRIOS inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 126.786 en su condición de apoderado de la sociedad mercantil HIDROMATICOS DETROIT C.A, tienen capacidad para transigir en la demanda, por lo que considerando que la transacción no versa sobre materia en la cual están prohibidas las Transacciones, de conformidad con los artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte s.....