´´ Por todos los razonamientos de hechos y de derecho antes expuesto, este Juzgado Cuarto (4º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ADMITE la representación judicial de la Abogada CELESTE JOSEFINA RODRÍGUEZ PINTO, quien es mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 10.567.751 e inscrita en el IPSA bajo el Nº 45.606.
La presente decisión está fundamentada en los artículos 2, 19, 26, 27, 49 ordinal 1º, 92 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 10, 12, 15, 242, y 244 el Código de Procedimiento Civil y en los artículos 2, 5, 11 y 44 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Despacho del Juzgado Cuarto (4º) de Sustanciación, Media.....