Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Pedro Padre Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, y como consecuencia de ello, se da por extinguido el presente procedimiento, ordenándose el cierre y archivo del presente expediente, que por Oferta de Cesión de Derechos, incoara el Ciudadano: Jesús Salvador Ruiz, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-798.482 y de este domicilio, contra la Ciudadana: Oleida Coromoto Gutiérrez Ruiz, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.904.818, y de este domicilio.-
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de la presente Decisión, conforme lo estipulado.....