DECLINA SU COMPETENCIA FUNCIONAL por cuanto corresponde a los Juzgado Superiores del Trabajo de esta Circunscripción Judicial el conocimiento del presente asunto y en consecuencia se ordena remitir la totalidad de las actas procesales que componen el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal para su distribución, entre los Juzgados de Alzada.