Se DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado WILMAN MENESES en su condición de apoderado judicial de la parte demandada contra de la sentencia de fecha 21/01/2009, dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.